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QUE SE ENTIENDE POR UNA BASE DE DATOS Para saber qué se entiende como una base de datos nos tenemos que ir al artículo 12.2 de la Ley de Propiedad Intelectual, que dispone que “ se consideran bases de datos las colecciones de obras, de datos, o de otros elementos independientes dispuestos de manera sistemática o metódica y accesibles individualmente por medios electrónicos o de otra forma.”
Ésta es una definición amplia que permite recoger todas las formas posibles de almacenaje de un conjunto de datos, que se incluye tanto el papel tradicional, como el CD-ROM, DVD, el disco duro de un ordenador, un servidor de Internet, o cualquier otro medio susceptible de almacenar datos. Dependiendo del tipo de soporte elegido, nos encontraremos con bases de datos accesibles al público de una forma abierta, o con restricciones.
Al mismo tiempo debemos hacer una segunda distinción, ya que nuestro ordenamiento jurídico, siguiendo las Directivas comunitarias, regula con más precisión las bases de datos que tengan como contenido datos personales de ciudadanos que bases de datos que tengan como objeto, por ejemplo, recetas de cocina o sentencias de tribunales. El legislador se ha afanado en proteger las primeras con mayor ahínco a través de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, con fuertes sanciones a los que vulneren este derecho fundamental de los ciudadanos.
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