¡¡Esto es Carnaval!!

En unas horas me iré para mi tierra, para Cádiz, para disfrutar aunque sea un fin de semana del mejor carnaval del mundo (esta afirmación sé que puede generar incluso más polémica que el mismí­simo canon).

El fin de semana pasado estuve con muchos amigos de Cádiz y todos ellos me recriminaron (como si yo tuviese algo que ver) por la controversia generada este año con el pregón de los carnavales, a cargo de nuestra pregonera y gaditana de adopción, la cantante Pasión Vega.

Para los que no se hayan enterado de la polémica, según publican muchos medios (1, 2, 3, 4,…), hubo una discordia entre Pasión Vega, su discográfica Sony-BMG y las emisoras de radio, que se negaban a pagar derechos de propiedad intelectual a la multinacional por la comunicación pública de tres de las canciones que Pasión Vega iba a interpretar en el pregón.

Esta noticia me llamó mucho la atención tanto por la discordia en sí­ como por cómo se iban sucediendo los acontecimientos ya que, por un lado Pasión Vega, en un comunicado, pidió a Sony-BMG que renunciara a sus derechos para que se pudiera retransmitir el pregón en su integridad; y por otro lado, Antonio Martí­nez Ares, autor comparsista clásico de los carnavales de Cádiz (¿quién no recuerda su antológico «El Brujo»?) y autor de varias canciones de Pasión, que en otro comunicado prohibió a ésta interpretar su canción «La habanera de los ojos cerrados».

Desconozco el contrato entre Pasión Vega y Sony-BMG, pero ahora que las discográficas se están convirtiendo en mánagers de los artistas, puedo más o menos comprender la polémica, aunque desde luego creo que se ha magnificado.

Me rechina el deseo de Martí­nez Ares de prohibir a Pasión Vega cantar su canción porque una vez que eres socio de SGAE y comercializas tus obras, no puedes impedir que cualquier persona interprete la misma en un disco o en un concierto, así­ que aunque Martí­nez Ares hubiese comunicado su deseo expreso de que no se interpretase dicha canción, no creo que fuese más que eso, un mero deseo.

Sobre la controversia con las emisoras, éstas tiene autorización para comunicar públicamente obras y prestaciones de socios de SGAE, AIE y AGEDI (cubriendo así­ a autores, intérpretes y productores de fonogramas). El problema aquí­ es que no estaban emitiendo grabaciones fonográficas, sino que estaban comunicando interpretaciones en vivo de una cantante que tiene una exclusividad con la discográfica y, por lo tanto, los contratos de las emisoras con las entidades de gestión no cubrí­an interpretaciones en vivo.

Comprendo tanto la postura de las emisores como la de la discográfica; es evidente que no hace ningún bien al Carnaval de Cádiz que no se emita el pregón en su integridad (porque se corten las canciones, que son parte fundamental del pregón), pero no es menos obvio que las emisoras de radio se lucran económicamente por la emisión de dicho pregón (por la publicidad que emiten). Es cierto que Sony BMG podrí­a haber renunciado desde un principio a percibir dicha remuneración por la retransmisión de la actuación de su artista, pero no lo habí­a hecho, entiendo yo, porque vio que quien realizaba dicha retransmisión se lucraba de la misma, aunque cuestión diferente son las cantidades reclamadas, que creo yo que no deberí­an ser elevadas al cantar sólo tres canciones.

A pesar de todo ello, no me parece razonable que empresas muy solventes (Cadena Ser, Cope,…) utilicen los derechos de propiedad intelectual para poner a la ciudadaní­a en contra de quienes tienen unos derechos conferidos (las discográficas), ejerciendo así­ una presión que perjudica tanto a éstas como a la imagen de los derechos de autor. No estoy diciendo que un caso como éste deberí­a ser retribuido como si de un concierto se tratase (hay que tener en cuenta que es un pregón, acto cultural de una ciudad), pero sí­ me parece que es una actitud hipócrita que determinadas entidades que defienden a capa y espada sus derechos de propiedad intelectual, pongan a toda una ciudad en contra de terceras empresas que han decidido reivindicar igualmente sus derechos.

Lo importante es que los rifirrafes entre dos sectores no nos agí¼e la fiesta, así­ que me despido hasta el lunes y por supuesto, quien esté por Cádiz, le espero el domingo en la Plaza del Mercado, con un vaso de moscatel en una mano y una tortillita de camarones en la otra. ¡Qué viva el Carnaval!

5 Comments

  1. La polémica vino por la música, pero ya puestos en el absurdo ¿podría pedir derechos de autor también por el discurso?

  2. Y otra pregunta. Si el pregón se hace en la calle (supongo que es así), de forma que no se puede limitar a quien tenga acceso allí, ¿no estás autorizando de forma implícita a quién quiera a grabar, reproducir, sacar fotos, etc.?

    Quiero decir, al ser una exposición pública (en el sentido de «en la calle») no hay ningún tipo de contrato entre el que lo hace y el que lo ve, como sería en el caso de venta de entradas. ¿Crees que se podría aplicar este argumento a personas físicas que hacen grabaciones privadas? ¿Y a las emisoras de radio «que captan lo que pasa por allí»?

    Saludos.

  3. Ya estoy de vuelta.

    Necesitarías autorización para dar un discurso si el texto del mismo no te pertenece a ti o si tú eres el autor, pero has cedido determinados derechos a terceras personas. No creo que sea tan absurdo, según me han comentado (y que me corrija quien piense que estoy equivocado), los pregoneros cobran por su función y no creo que sea tan descabellado pensar que se tiene que retribuir a quien tiene derechos sobre una determinada obra, más si cabe en un caso como este en el que varias emisoras iban a explotar comercialmente dichas obras (al radiodifundirlas con publicidad).

    Las autorización implícitas o tácitas son temas que me llaman la atención, sobretodo porque algunas veces se alegan estas autorizaciones tácitas como defensa ante una infracción, y es el infractor el único que intuye la existencia de dicha autorización. Creo que si alguien da un concierto en la calle o en una playa, implícitamente está diciendo «podéis escucharme sin retribuirme a cambio», pero no creo que eso haya que llevarlo a que tácitamente diga «haced lo que queráis con mi música y mi interpretación». Un concierto al aire libre creo que te da derecho a escucharlo y nada más, si lo quieres grabar o comunicar públicamente debes pedir la autorización del artista.

    Y por supuesto dicha autorización nunca se extendería a las emisoras de radio que no sólo captan «lo que pasa por allí», sino que lo explotan comercialmente. Quizá se podrían hacer grabaciones privadas, pero entraría en conflicto con el derecho exclusivo del artista a autorizar la fijación de su interpretación.

    Al final, según me comentaron este fin de semana, Pasión Vega cantó todas las canciones que tenía previsto cantar y el pregón se retransmitió por radio y televisión, no sé si porque Sony BMG renunció a la remuneración que le correspondía o porque, como se comenta, Pasión Vega pagó de su bolsillo esa cantidad.

  4. hombre, en las entradas de los conciertos viene por detrás unas reglas a cumplir por los asistentes que en algunos casos especifica la prohibición de grabar con cualquier medio la actuación. En otras no pone nada al igual que si el concierto es en un sitio al aire libre y ‘gratuito’ para los asistentes (playas, ferias, verbenas…) y me parece que en estos casos donde no se especifica, no se podría pasar de una mera declaración de intenciones.

    En cualquier caso, por experiencia propia, me parece una pérdida de tiempo y dinero intentar controlar esto. Demasiado público, demasiados aparatos de grabación cada vez más pequeños y demasiados canales para distribuirlos rápidamente por Internet. Pearl Jam ya se dio cuenta de esto hace tiempo y comercializa todos sus conciertos de todas sus giras para evitar que alguien haga negocio con grabciones horrendas.

  5. Pingback:Blog Interiuris - Andy Ramos » Blog Archive » …la gente no respeta ni que estamos en carnaval.

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