¿Pagar por radiar un partido de fútbol?

Convulso principio de año para el fútbol nacional, primero con la huelga de futbolistas y luego con el pulso que se están echando las radios y la Liga de Fútbol Profesional (LFP), ante la decisión de ésta de gestionar (y cobrar un canon) por la retransmisión de los partidos de fútbol.

Antes de entrar en materia, decir que la opinión que reflejo en este post es meramente personal y que puedo transmitirla porque no asesoro a ninguno de los entes enfrentados en este asunto. En cualquier caso, es un tema muy interesante, especialmente porque aúna mis dos áreas de especialización: Derecho Deportivo y Derecho del Entretenimiento.

El enfrentamiento entre radios y la LFP (que actúa en representación de los clubes, excepto del Sevilla, que sí­ permite el acceso de las radios a su estadio) vuelve a resaltar esa entelequia que son los «Derechos sobre la Competición», en este caso, de fútbol de Primera y Segunda División. En este sector, en muchas ocasiones se hace referencia a este tipo de derechos, discutiendo en diferentes actividades deportivas quién tiene los derechos sobre esos bienes intangibles que es un campeonato de baloncesto, balonmano, tenis o petanca. Es decir, ¿se puede monopolizar la información y la explotación de una determinada actividad deportiva, o el derecho fundamental a informar impide tal explotación exclusiva?.

En este conflicto creo que se están confundiendo dos puntos diferentes: el derecho a transmitir información sobre un partido de fútbol, al derecho a impedir el acceso a un locutor de radio a un estadio si no paga un canon.

Creo que nadie discute que los clubes de fútbol están en su legí­timo derecho a gestionar todos los aspectos de su actividad empresarial como estimen más conveniente, vendiendo los derechos televisivos, camisetas, merchandising, etc. como crean más rentable. Igualmente, y como espacios privados que son, los clubes pueden determinar el precio de las entradas de sus partidos, así­ como a quién se permite la entrada en los mismos. Por tanto, por mucho interés general pueda suscitar el fútbol, no podemos olvidar que se trata de una actividad empresarial privada y que los intangibles que se generen alrededor de ella pueden ser gestionados en exclusiva por quienes lo generan, esto es, por los clubes.

Las radios han vivido hasta ahora una situación privilegiada en nuestro paí­s, ya que no sólo retransmití­an un partido de fútbol sin abonar cantidad alguna (a diferencia de la televisión, o de a otros paí­ses, como EE.UU., en donde, por ejemplo, ESPN Radio tiene la exclusividad  de la retransmisión de determinados partidos de la liga de béisbol), sino que además podí­an utilizar de manera gratuita  las cabinas de las estadios para realizar sus programas deportivos. Porque, desde mi punto de vista, aunque las radios se han apresurado a decir que dicho canon veta su derecho de información, en realidad lo que les prohí­ben no es a informar, sino a utilizar sus infraestructuras de forma gratuita para desarrollar una actividad empresarial, como es un programa radiofónico, con publicidad y contratos millonarios.

Todos entendemos que si alguien quiere utilizar las barras de un estadio para vender refrescos y bocadillos (una actividad empresarial dentro de un recinto privado), debe pedir permiso al dueño (o arrendatario) del estadio. En el mismo sentido, creo que quien quiere utilizar las cabinas, electricidad, etc. de un estadio para realizar otra actividad empresarial (vender publicidad en programas de radio), debe igualmente pedir permiso al club por acceder y usar tales instalaciones.

Y aquí­ es donde entra en juego la distinción que mencionaba antes: la de transmitir información, de la de acceder a un recinto deportivo gratuitamente. Desde mi punto de vista, los clubes no pueden impedir que las radios (o cualquier otro medio) divulguen determinados datos fácticos de un evento (jugadores, horario, resultado en tiempo real, valoraciones, etc.) ya que semejante  información no puede ser protegida por derechos de propiedad intelectual ni, casi, de cualquier otra forma (parcialmente, entiende la doctrina, mediante Competencia Desleal).

Porque mientras, entiendo, que un club no puede evitar que se emita información sobre un partido de fútbol, sí­ tiene legitimación para impedir que una radio (o periódico, o página web…) entre en su estadio, si no es respetando unas determinadas condiciones. Y al contrario, no creo que las radios puedan exigir judicialmente la entrada en un estadio de fútbol para, al fin y al cabo, realizar una actividad empresarial, por mucha información que pueda haber detrás (se puede informar sobre un partido sin entrar en su estadio, como están haciendo en la actualidad o hacen cuando el partido es en algún paí­s remoto y se retransmiten en base a las imágenes de televisión).

No cabe la menor duda de que la disputa es, en realidad, una lucha de intereses (de la LFP de maximizar los ingresos por la competición futbolí­stica y de las radios de desarrollar una actividad empresarial al menor coste posible), conflicto en el que las radios parten con una posición privilegiada ya que cuentan con la simpatí­a del resto de medios de comunicación (muchos de los cuales ya pagan a la LFP y a los clubes) y con una mayor capacidad de influencia sobre el aficionado al fútbol. Si bien no es menos cierto que la competición de fútbol es una actividad empresarial, que genera un gran número de derechos (tangibles e intangibles) y que cualquiera que se lucre gracias a él (a través de camisetas, videojuegos, retransmisión por televisión, etc.) debe requerir autorización, especialmente si se utilizan medios ajenos para realizar dicha actividad.

Además, cada club es libre de permitir la entrada o no de las radios o de cualquier otra persona, y cualquier imposición en éste u otro sentido creo que irí­a en contra de la libertad de empresa, base de nuestro sistema económico. En definitiva, en un libre mercado, los clubes deben poder gestionar (directamente o mediante un tercero, por delegación) licencias exclusivas y no exclusivas que permitiesen a las radios competir entre sí­ para conseguir el monopolio de la retransmisión de un partido de fútbol desde el estadio, tal y como realizan desde hace años las televisiones sin que nadie discuta este modelo. No se puede impedir que cualquier persona dé datos sobre el partido (incluyendo el resultado), pero sí­ permitir únicamente el acceso a aquél que ha pagado por ello, para obtener una mejor posición sobre el resto y así­ explotarlo como mejor le convenga.

Supongo que finalmente las radios aceptarán, a regañadientes, que tienen que pagar por utilizar las instalaciones de los clubes y por retransmitir un partido de fútbol (no así­ por decir el resultado o cómo ha jugado un equipo, lo cual sí­ creo que está amparado por la libertad de información), aunque intuyo que será por un canon bastante bajo este año, para ir incrementándose los siguientes.

En definitivas cuentas, a todos nos gusta obtener lo máximo de nuestros activos, y a nadie nos gusta pagar por lo que hemos disfrutado gratuitamente durante años.

7 Comments

  1. Interesante reflexión. Me parece correcto que entiendas las radios como «actividad empresarial», pero donde situarías a Rne, que es pública y no emite publicidad? Tendría Rne «derecho» a transmitir un partido (independientemente del derecho de los clubes de dejar entrar, o no, a quien quiera al estadio)?

    Un saludo.

  2. Te me has adelantado..quería decir lo mismo, especialmente lo de que no hay un derecho sobre la retransmisión por radio, es decir, que no es cómo el fútbol donde el derecho a la imagen si puede intervenir y ponemos plantear un conflicto real.

    En éste caso ninguna de las partes tiene un derecho, o interpretación jurídica de un derecho, que les permita obtener lo que quiere, las radios pueden contar lo que ven por televisión y los equipos prohibir su entrada al campo.

    Por buscarle las vueltas a la situación, que te parece una acción de competencia desleal de las televisiones (y lo que pagan) contra las radios?

    Un saludo

  3. Un poco largo el post, pero bastante bien la distinción entre retransmisión y acceso. Ole.

    En cuanto a ictioscopio, tu visión de RNE es la contraria de lo que debería ser. Si ya se financia con cargo a presupuestos, y por muy mal que lo hagan, ahí siguen retransmitiendo, con más antenas y más fuerza que nadie ¿encima le vamos a dar un privilegio para entrar en los estadios? Vamos hombre. Lo que tendría que haber es un buen ERE en RNE.

  4. Gracias por seguir ahí, especialmente después de tanto tiempo desconectado.

    Ictioscopio, estoy con Makopil que la situación de RNE es excepcional y precisamente por contar con capital público, debería perturbar lo mínimo posible al «mercado», no sólo no entrando en los estadios, sino incluso no pujando ante una hipotética subasta de derechos. Yo soy muy crítico con la injerencia de los poderes y empresas públicas en actividades netamente empresariales.

    David, no sé si podría caber una acción de competencia desleal de las televisiones contra las radios porque estas entraban gratuitamente en los estadios. Lo que está claro es que prácticamente todas las radios tienen sus emisoras de televisión y éstas no van a iniciar experimentos legales contra las otras. En cualquier caso, creo que podría ir en contra del derecho a la competencia aplicar políticas diferentes ante operadores del mismo sector (dos cadenas de TV, de radio, etc.), pero no si los entes a los que les aplicas diferentes políticas son de ámbitos diferentes. Sería cuestión de estudiarlo en profundidad.

    Loreto, estoy de acuerdo en que los últimos gobiernos han regulado este cuestión condicionados por la lucha de intereses de los diferentes medios. Fue interesante (e indignante) la famosa «Ley Cascos» (Ley 21/1997, de 3 de julio, reguladora de las Emisiones y Retransmisiones de Competiciones y Acontecimientos Deportivos -Vigente hasta el 1 de mayo de 2010-), en la que se garantizaba a las radios ese derecho de acceso gratuito y el de contar en directo lo que ocurría dentro de un estadio (art. 2.2).

    Esta ley, como sabes, fue criticaba (obiter dicta) por el Tribunal Supremo (STS 1017/2001), que consideraba que los clubes estaban en su legítimo derecho a cobrar por permitir el acceso a un medio de comunicación dentro de su estadio, aunque poco más pudo hacer.

    La «Ley Cascos» fue derogada íntegramente por la Ley General de Comunicación Audiovisual, que no establece nada en este sentido, por lo que entiendo que ahora los clubes (o la LFP, en representación de ellos) están en su legítimo derecho a cobrar por lo que antes no se le permitía.

    Reitero que, desde mi punto de vista, el derecho a la información está perfectamente protegido sin necesidad de tener que permitir a las radios a los estadios sin recibir una contraprestación de ningún tipo.

    El debate continua…

  5. Salud

    Bastante de acuerdo con lo que expones. Al menos en cuanto al uso de las instalaciones acondicionadas del Estadio para retransmitir en directo y con todas las comodidades el partido. Y Blanco ha acertado (y hasta me cuesta reconocérselo) diciendo que lo mejor es que la LPF y las radios lo arreglen, que es un tema de dinero, y que no se puede hablar del «Derecho a Informar» porque ese mismo derecho asistiría a las TV para no pagar los cánones que actualmente depositan.

    Sobre lo que comentas de qué no les pueden impedir (retransmitir los partidos -al menos parte de ellos, con sus comentarios, puyas y demás- sin entrar en los estadios, básicamente), totalmente de acuerdo. Pero, ¿si pagan una entrada en tribuna podrían retransmitir el partido desde ahí? (Eso se lo he visto a mandados por casas de apuesta.) O, siguiendo la analogía que haces con la venta de comida, ¿sería como entrar con bocatas caseros para venderlos en tribuna? (Claro que el ruido de la tribuna puede hacer imposible retransmitir un encuentro.) Tal vez no para narrar el encuentro (eso lo podría hacer alguien viendo la TV) sino para tener «la opinión de alguien en el campo» para determinados lances.

    Sobre permitir o no la entrada a medios audiovisuales que no pagan, ¿no pasó algo así con Mediapro al inicio de la guerra del fútbol y al final les tenían que dejar entrar aunque a duras penas podían trasmitir como «noticias» algunos segundos? Es que recuerdo que en esos momentos, para determinados partidos, en los noticiarios solo daban tres pinceladas del encuentro y con cámaras propias (y mal ubicadas) y no usaban las imágenes «oficiales».

    Dentro de la LPF hay una buena montada, el sistema actual favorece claramente a los dos grandes clubes, y por ello Sevilla encabeza una «minirevolución», también es un sistema distinto al de otros países, donde cada club gestiona sus derechos audiovisuales por separado.

    En fin, lo mejor es que lleguen a un acuerdo y santas pascuas.

    Hasta luego 😉

    PD: De TV sin derechos retransmitiendo partidos cual radio lo he visto hace unos años -no sé si lo siguen haciendo- en el campeonato argentino, las TV pueden -podían- entrar pero no retransmitir el terreno de juego, así que pinchaban a las barras bravas y narran el partido cual radio.
    PD2: Si no mal recuerdo actualmente RTVE tiene un tope para competir económicamente por eventos de todo tipo, y es un «tope» bastante bajo (con lo que hasta las Motos van a perder), justamente se puso para que no afectaran al mercado con pujas altas a costa de todos…

  6. En realidad es muy raro que en España tenga este tipo de discusiones si es una guerra de intereses entre empresas, que sea el mercado que dicte cuanto deben pagar o que las radios tengan personalidad jurídica de ONG y cuando las escuche no te bombardeen con tanta publicidad, el futbol es un negocio y la radio otro no se entiende la situación, con respecto a el derecho a la información cuando la radio lo haga gratis se puede hablar de ese derecho

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