Hacia la Abogací­a 2.0 y Digitalización del Derecho

Han sido dí­as agotadores pero de una satisfacción enorme. El viernes se clausuró el X Congreso Nacional de la Abogací­a, que esta vez se celebró en mi ciudad, Cádiz. Como digo, han sido dos dí­as y medio de intensa actividad, con comidas, charlas, conversaciones de pasillo y, sobre todo, compromisos para ayudar a que nuestra profesión deje de tener el tono «añejo» (por utilizar un término amable) que creo que tiene en la actualidad. Es significativo que en pleno año 2011, la importancia de las TIC en el Congreso fuese realmente moderada, con poca participación de público en las ponencias y con muy poca integración con el resto del congreso. Supongo que también los participantes en esta sección tenemos algo de culpa, porque aparte de por los titulares de prensa, poco sé de lo que pasó en el Congreso fuera de nuestras jornadas.

También es significativo algo que comentábamos todos los «compañeros TICs» y es que no nos sentí­amos del todo identificados con el concepto actual de «abogado» (y, por traslación, con el resto de compañeros que allí­ estaban), supongo que por ese tono con olor a roble clásico del que hablaba antes.

Sea como fuere, me siento muy feliz por haber podido compartir estos momentos con grandes compañeros como Javier Ribas, Rodolfo Tesone, Jorge Campanillas, Victor Salgado, Carlos Sáiz, Pere Lluis Huguet, y el resto de compañeros que acudieron al I Encuentro Nacional de Abogados TIC. Aquí­, la foto de familia:


Quiero dar un especial agradecimiento a Pere Lluis por su compromiso y apoyo a este reducido grupo de entusiastas de las TICs, y a Rodolfo por hacer que todo sea posible, sabiendo las dificultades que ha pasado.

Sobre la charla en sí­, para los que no la pudieron ver en directo en la sala o en el stream del Congreso, aquí­ está el ví­deo.

A mí­ me tocó hablar de los retos de la ciudadaní­a ante las TIC y los retos que se le afronta en la llamada «Sociedad de la Información» (creo que habrí­a que buscar un nombre que identifique mejor a nuestra era, más cercana a la comunicación y al ocio que a la mera información, pero esa es otra historia).

Mi exposición se centró en dos puntos principales: las relaciones entre ciudadanos y de estos con empresas utilizando Internet; y las ví­as para poder resolver las controversias que ahí­ se generan.

Sobre el primer punto, hice tres sub-apartados para dar notas básicas sobre la Privacidad, la Identificación de los usuarios de Internet y la Neutralidad en la Red.

En relación a la Privacidad, algo que ya he dicho en muchas ocasiones, y es que los ciudadanos debemos exigir a las empresas que sean especialmente celosas con los cada vez más datos que tienen de nosotros (Telefónica sabe a quién llamamos, cuánto lo hacemos, etc.; YouTube -y Google- sabe que ví­deos vemos y qué ví­deos subimos a su plataforma; Spotify, qué escuchamos; y en el futuro, Netflix, qué pelí­culas y series alquilaremos). Los usuarios debemos ser conscientes de que vamos hacia un entorno en el que las empresas sabrán más de nosotros que incluso nosotros mismos, por eso (y aceptándolo) debemos ser muy exigentes y saber configurar nuestro ámbito de privacidad.

En relación a la Neutralidad en la Red, reconozco tener un punto de vista «especial» y, desde mi punto de vista, liberal. Como ya he dicho aquí­, el debate en España se está siguiendo por unos derroteros diferentes a otros paí­ses, ya que aquí­ lo asimilamos a que los «bits son libres» y que ninguna medida puede tratar de bloquearlos o interceptarlos, mientras que en otras jurisdicciones se habla de que un ISP no puede priorizar unos paquetes de datos sobre otros.

En mi opinión, y en momentos de saturación de redes, creo que un ISP podrí­a tener la facultad de priorizar un determinado tráfico (correo electrónico, VoIP, navegación web…) sobre otros, utilizados generalmente para usos menos prioritarios o en ocasiones ilí­cito (redes P2P, páginas de descargas ilegales, etc.). Pero ello sólo serí­a posible si el ISP así­ lo ha comunicado a sus usuarios antes, habiendo consentido a dicho uso prioritario de un tráfico sobre otro. De esta forma, los ISP competirí­an entre sí­, según los que ofrezcan más fiabilidad en sus redes, o los que aseguren un trato igualitario en los paquetes de datos (aunque en ocasiones provoque la prestación más limitada del servicio). Al final creo que la libertad y la información es la que deben imperar.

Finalmente, sobre la Identificación, volví­ a recalcar que, desde mi punto de vista, el fatí­dico artí­culo 1.3 de la Ley de Conservación de Datos vulnera el artí­culo 24 de la Constitución Española, al no poder una persona afectada por un ilí­cito civil o por uno penal menos grave, requerir (ni judicialmente) que se identifique a la persona que ha infringido sus derechos. Que los ISPs sólo tengan que identificar a un infractor en el supuesto de que hubiese cometido delitos graves, escapa a toda lógica y sólo se puede justificar porque estemos en los primeros años de esta Sociedad de Internet y se haya querido sobreproteger el anonimato, y ello a expensas de que un afectado por un ilí­cito no pueda, ni acudiendo a los tribunales, exigir Justicia.

Igual que en el resto de ámbitos de la vida (en la calle, en las carreteras o en un avión), la identificación es clave, y desde el momento que Internet puede ser utilizado para vulnerar derechos de terceros, el ordenamiento debe facilitar medios y recursos para que un lesionado pueda exigir el resarcimiento de sus derechos. No hay nada más pernicioso para una sociedad que la impunidad.

Sobre el segundo punto, las ví­as para resolver las controversias surgidas en Internet, creo que apostar por mecanismos automatizados y telemáticos. En el Reino Unido ya existe un procedimiento judicial para pequeñas reclamaciones de dinero, que se realiza completamente a través de Internet, incluso la fase de la ejecución de la sentencia. En EE.UU., la empresa Modria se encarga de establecer en plataformas como eBay o Paypal, mecanismos automatizados para que los usuarios puedan resolver de forma interna las controversias que puedan surgir por el uso de las mismas, con un altí­simo porcentaje de éxito (90%).

En el caso de que internamente no se pudiesen resolver estos conflictos, se deberí­an establecer mecanismo prejudiciales ágiles y dinámicos, como el arbitraje y la mediación. Mirando (aunque sea de reojo) el sistema federal de California, muy pro-transaccional (se cierran en ví­a pre-judicial el 96% de los conflictos), se podrí­an articular sistemas que incentivasen los acuerdos, en detrimento de acudir a la ví­a judicial, excesivamente saturada en nuestro paí­s. Así­, servicios como Facebook, Tuenti o Twitter, podrí­an establecer estos procedimientos internos para las partes y en el caso de que estos no funcionasen, establecer procedimientos de arbitraje y mediación, y así­ hacer que únicamente los casos más graves pisasen los tribunales de justicia.

El papel del abogado en ambos puntos es muy importante: en el primero, concienciando sobre los peligros que tienen las nuevas herramientas, así­ como de sus virtudes; y en el segundo, ayudando y asistiendo en la solución de controversias utilizando estos sistemas de ADR.

En definitivas cuentas, queda mucho por hacer para construir una Sociedad del Conocimiento y del Ocio sólida y en la que los derechos de todos son respetados sin fisuras.

De nuevo, ha sido un verdadero honor y privilegio haber podido participar en esta mesa redonda, no sólo por el nivel de compañeros que tení­a a mi lado, sino por haberlo hecho «en casa» (nadie es profeta en su tierra…). También fue un placer poder haber mostrado mi ciudad a compañeros de toda España. Sinceramente espero que podamos darle continuidad a ENATIC y que pueda ser de ayuda al Consejo General de la Abogací­a Española para modernizar una profesión que tiene que dejar de oler a libro viejo.

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