Los jueces y su «forma» de acabar con la cultura – 2º PARTE

En primer lugar, siento haber estado varios dí­as poco activo, pero ya sabeis, el tiempo no sobra ni mucho menos en esta vida.

Acabo de leer una noticia de hace un par de semanas que confirma mi post sobre la falta de concienciación de los jueces a determinados actos que son claramente constitutivos de delito. Como leo en Diarioinformacion.com a través de Bandaancha.st, Un Juez ha absuelto a un comerciante que vendió copias piratas de programas de Microsoft porque éste fue el que se lo pidió. Puede resultar absurdo, pero es así­:

Las empresas de software suelen hacer investigaciones privadas para comprobar que los comerciantes no venden copias ilegales de sus productos y para ello contratan a detectives o simplemente mandan a alguien contratado por la empresa a las tiendas, les piden que les vendan un ordenador con el «Windows pirata» instalado y luego les denuncia por haber infringido sus derechos de autor. Se lleva varios años utilizando esta estrategia porque algunos jueces «establecieron» que confiscarle CD’s en el establecimiento con copias no autorizadas de los programas no es delito porque no se puede demostrar que esos CD’s estaban allí­ para ser vendidos; es decir, la mera tenencia no es constitutiva de delito, aunque sí­ su comercio. Esto puede tener un poco de sentido, aunque tampoco demasiado.

Las empresas, después de ver que tienen que probar que ha habido comercio, incitan al vendedor a realizar dicha venta tras lo cual le denuncian por ese acto, y no por la mera tenencia.

Lo sorprendente de este caso es que el juez, en un ataque de genialidad, dice que para haber distribución debe haber una puesta a disposición de ejemplares a personas sin autorización pero como sólo se ha demostrado que ese comerciante vendió al representante de Microsoft, entonces en tal caso sí­ habí­a autorización por lo que la distribución era autorizada. De hecho, incide en que «no hubo posibilidad alguna de lesionar los derechos de Microsoft vendiéndole una copia de un programa del que es titular».

Si hacemos una aplicación literal y estricta de los hechos y de la legalidad puede que lleguemos a esa conclusión, pero los jueces, cuando aplican la ley al caso tienen que abstraerse y considerar condicionantes globales y sobretodo tienen que tener en cuenta la jurisprudencia de órganos superiores, ya que desde hace varios años, las Audiencias Provinciales y el Tribunal Supremo consideran que en casos como agentes encubiertos en investigaciones de narcotráfico o de delitos contra la propiedad intelectual, la incitación a cometer el delito es necesaria para llevar una investigación coherente y racional del caso, y tales actos no son ni consentidos ni constitutivos de delito en cuanto están enmarcadas en una investigación tendente a desvelar una actividad criminal.

Yo estoy de acuerdo en que no es apropiado juzgar por la ví­a penal ciertos delitos contra la propiedad intelectual sobretodo por la gravedad de la pena, pero tampoco creo que sea de recibo absolver a alguien por hechos tan flagrantes como esos.

Porque seamos sinceros, a Microsoft le va a afectar poco las copias que se hagan en una pequeña tienda de alguna ciudad de España, pero ¿qué pasarí­a si en vez de una gran multinacional se tratara de una pequeña empresa que realmente necesita beneficios para subsistir? ¿es de esta forma como quieren los jueces promover y fomentar el avance de la ciencia y la cultura? Porque si se realiza una interpretación estricta de esta sentencia, estas investigaciones carecerí­an de sentido y encima se podrí­an utilizar como pretexto para el top-manta.

Seguramente esta sentencia sea recurrida y probablemente sea aceptado ese recurso, pero que un juez de lo penal en primera instancia haga un fallo de ese tipo indica que en este paí­s pasa algo, sobretodo en casos tan flagrantes como este.

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