{"id":195,"date":"2006-08-11T08:34:41","date_gmt":"2006-08-11T07:34:41","guid":{"rendered":"http:\/\/www.interiuris.com\/blog\/?p=195"},"modified":"2006-08-11T08:43:33","modified_gmt":"2006-08-11T07:43:33","slug":"podcast-22-p2p-links-etc","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/podcast-22-p2p-links-etc\/","title":{"rendered":"Podcast 22, P2P, Links, etc."},"content":{"rendered":"<p>Fresquito fresquito cual tinto en verano est\u00e1 el Podcast Interiuris 22, sacado con m\u00e1s esfuerzo de lo habitual en estos d\u00ed\u00adas vacacionales para muchos, aunque no para m\u00ed\u00ad, de hecho, reniego de todos aquellos que me aseguraron lo poco que hab\u00ed\u00ada que hacer en Agosto. Nada m\u00e1s lejos de la realidad.<\/p>\n<p>Aunque la actividad de este blog se ha visto afectada por el exceso de trabajo, el podcast lo ten\u00ed\u00ada que sacar s\u00ed\u00ad o s\u00ed\u00ad antes de irme una semanita a mi tierra, as\u00ed\u00ad que, como lo (com)prometido es tambi\u00e9n deuda, ya ten\u00e9is para vuestra descarga el podcast 22 con <u>noticias <\/u>(muchas sobre P2P de la que os copio un extracto m\u00e1s abajo); el tema del d\u00ed\u00ada de hoy son los <u>enlaces o links en Internet<\/u>, un asunto bastante controvertido y que creo que ocasiona muchas dudas entre los oyentes; m\u00e1s adelante, el caso c\u00e9lebre, esta vez tambi\u00e9n importado de Hollywood y en concreto de la pel\u00ed\u00adcula \u00abEl Pr\u00ed\u00adncipe de Zamunda\u00bb, por no respetar la autor\u00ed\u00ada sobre el boceto propuesto por un tercero. Y para finalizar, las preguntas planteadas por los oyentes, como siempre, muy buenas e interesantes.<\/p>\n<p>Y sobre el tema de LimeWire, que llevo una semana queriendo escribir algo en el blog, os extraigo un fragmento del gui\u00f3n:<\/p>\n<p><em>Las redes de intercambio de archivo, adem\u00e1s de ser una fuente de archivos protegidos, es tambi\u00e9n un incre\u00ed\u00adble recurso para obtener noticias, y esta vez est\u00e1 involucrada la red LimeWire que seg\u00fan la RIAA, no ha tomado el suficiente inter\u00e9s para regularizar su situaci\u00f3n tras la famosa sentencia del pasado mes de Julio de 2005 en la que el Tribunal Supremo americano estim\u00f3 que las empresas detr\u00e1s de clientes p2p son responsables de las infracciones que realizan sus usuarios porque ten\u00ed\u00adan conocimiento de dicho intercambio y porque animaban al mismo.<br \/>\n<\/em><\/p>\n<p><em>Seg\u00fan la RIAA, han estado un a\u00f1o intentado llegar a un acuerdo como han hecho con el resto de partes implicadas, pero ante la pasividad de LimeWire, no han tenido m\u00e1s remedio que denunciarle ante los tribunales de Manhattan. Seg\u00fan esta organizaci\u00f3n de productores de fonogramas, LimeWire se asegur\u00f3 que los usuarios compartieran una basta cantidad de archivos protegidos, por ejemplo cuando al instalar el programa, \u00e9ste autom\u00e1ticamente copiaba las canciones existentes en el equipo dentro de la carpeta compartida, o al penalizar a los que denominaban \u00abfreeloaders\u00bb\u009d, es decir, aquellos que descargaban sin poner a disposici\u00f3n archivos para el resto de usuarios. <\/em><\/p>\n<p><em>De este modo, en su demanda y para probar esta incitaci\u00f3n a infringir, los demandantes reprodujeron una frase de la p\u00e1gina web de LimeWire que dec\u00ed\u00ada: \u00absi no compartes suficientes archivos, usuarios con preferencias similares a las tuyas no permitir\u00e1n conectarte a ellos para descargarte nada. Por esta raz\u00f3n, recomendamos a los usuarios de LimeWire compartir generosamente con el resto\u00bb\u009d <\/em><\/p>\n<p>Pues hala, a disfrutar del verano.<\/p>\n\n<div class=\"twitter-share\"><a href=\"https:\/\/twitter.com\/intent\/tweet?via=andyramosgil\" class=\"twitter-share-button\">Twittear<\/a><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Fresquito fresquito cual tinto en verano est\u00e1 el Podcast Interiuris 22, sacado con m\u00e1s esfuerzo de lo habitual en estos&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/195"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=195"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/195\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=195"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=195"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=195"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}