{"id":53,"date":"2005-12-21T12:32:37","date_gmt":"2005-12-21T10:32:37","guid":{"rendered":"http:\/\/www.interiuris.com\/blog\/?p=53"},"modified":"2005-12-21T12:40:14","modified_gmt":"2005-12-21T10:40:14","slug":"mas-sobre-podcasting-y-licencias-de-la-sgae","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/mas-sobre-podcasting-y-licencias-de-la-sgae\/","title":{"rendered":"M\u00e1s sobre Podcasting y Licencias de la SGAE"},"content":{"rendered":"<p>Es curiosa la repercusi\u00f3n que ha tenido la noticia sobre la futura concesi\u00f3n de licencias de la SGAE para utilizar su repertorio en los Podcasts; desde luego no pensaba que iba a ser tanta, y sobre ello quiero hacer varias matizaciones.<\/p>\n<p>En primer lugar, se est\u00e1 utilizando mucho la expresi\u00f3n <strong>\u00abla SGAE va a cobrar un canon para la m\u00fasica en podcasts\u00bb<\/strong>; en derecho hay que ser t\u00e9cnicos y precisos porque la utilizaci\u00f3n de cualquier palabra no es ni conveniente ni correcto. La SGAE no va a cobrar ning\u00fan canon, un canon es el pago de una cantidad pecuniaria por la que se grava un art\u00ed\u00adculo o servicio, y es muy importante no confundir conceptos porque de lo que aqu\u00ed\u00ad se est\u00e1 hablando no es de que la SGAE cobrar\u00e1 un canon sino de que <strong>adaptar\u00e1 sus licencias para incluir al podcasting<\/strong>. Este pago ser\u00e1 obligatorio s\u00f3lo si se usa en un podcast m\u00fasica que est\u00e9 dentro del repertorio de la SGAE, y nunca por poner otro tipo de m\u00fasica, por ejemplo licenciada bajo Creative Commons.<\/p>\n<p>Otro punto importante es que todas las entidades de gesti\u00f3n del mundo ya est\u00e1n adecuando sus tarifas al podcasting por la trascendencia que est\u00e1 teniendo, y de hecho, se criticaba a la SGAE por lo tarde que hab\u00ed\u00ada hecho dicha inclusi\u00f3n. Cuando se public\u00f3 la noticia (en mi blog, en <a href=\"http:\/\/www.podcastellano.com\/sgae-licencias-podcasting\">podcastellano.com<\/a>, etc.) se hac\u00ed\u00ada <strong>como una noticia positiva para el mundo del podcasting<\/strong>, todos los que estamos metido en este nuevo canal de comunicaci\u00f3n lo vimos como un hecho positivo ya que por f\u00ed\u00adn se daba la posibilidad al podcaster de poner \u00abm\u00fasica comercial\u00bb.<br \/>\n<strong>En otros medios se ha interpretado esta noticia como que la SGAE va a perseguir ahora tambi\u00e9n a los podcaster<\/strong>, cuando la realidad es diferente, los podcasters de todos los pa\u00ed\u00adses del mundo quieren tener licencias apropiadas a la naturaleza del podcasting para poder usar m\u00fasica en su podcast. Muchas Entidades de Gesti\u00f3n, como por ejemplo BMI y ASCAP de EE.UU., llevan ya tiempo concediendo licencias a podcaster de ese pa\u00ed\u00ads (eso s\u00ed\u00ad, muy pocos la han solicitado hasta ahora) y era eso precisamente lo que se ped\u00ed\u00ada, tener al menos la posibilidad de hacerlo si, por supuesto, alguien desea pagar las tarifas que imponen.<\/p>\n<p><strong>En lo que s\u00ed\u00ad estoy de acuerdo es en que se debe trabajar en el tema de la exclusividad de la gesti\u00f3n de los derechos de los socios<\/strong>. Hasta ahora, cuando un m\u00fasico se hace socio de una entidad de gesti\u00f3n (de cualquier parte del mundo), le cede sus derechos exclusivos a la explotaci\u00f3n de la obra por lo que la entidad de gesti\u00f3n tiene la obligaci\u00f3n de cobrar los usos de la canci\u00f3n, incluso si el m\u00fasico decide ceder gratuitamente una obra para un uso espec\u00ed\u00adfico, por ejemplo para el podcasting. Hasta ahora, no hay forma de que un m\u00fasico socio de una entidad de derechos ceda gratuitamente su obra para una explotaci\u00f3n en espec\u00ed\u00adfico.<br \/>\nPor eso s\u00ed\u00ad creo que <strong>las entidades de gesti\u00f3n deber\u00ed\u00adan trabajar en cumplir con los deseos de sus socios, de permitir explotaciones sin derecho a remuneraci\u00f3n cuando el titular de los derechos de esa obra as\u00ed\u00ad lo ha expresado<\/strong>, cosa que como digo, no pasa en la actualidad.<\/p>\n<p>Como siempre digo, en derecho es importante la precisi\u00f3n, porque de otra forma estar\u00ed\u00adamos creando una ficci\u00f3n. Creo que esa es una de las funciones de este blog, explicar c\u00f3mo son las cosas y por qu\u00e9, que nos gusten o no es otro asunto, pero hay que ser precisos.<\/p>\n\n<div class=\"twitter-share\"><a href=\"https:\/\/twitter.com\/intent\/tweet?via=andyramosgil\" class=\"twitter-share-button\">Twittear<\/a><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Es curiosa la repercusi\u00f3n que ha tenido la noticia sobre la futura concesi\u00f3n de licencias de la SGAE para utilizar&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5,2,7],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=53"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/53\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=53"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=53"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.interiuris.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=53"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}