Unión y desunión

Estas últimas semanas están siendo especialmente agitadas en la conflictiva relación que desde hace años mantiene Internet con la protección de determinados derechos. El nombramiento de íngeles González Sinde ha causado toda una marea (tsunami, dirí­a yo) de reacciones en Internet, cuestionando su capacidad para el cargo, posibles conflictos de intereses y una serie de movimientos tendentes a desacreditar a su persona y a instar al Presidente del Gobierno a que sea cesada de su cargo de forma inmediata.

La desaunión entre la industria del entretenimiento y cierto sector contrarevolucionario se ha hecho patente también en el caso The Pirate Bay, que tras la sentencia condenatoria, ahora algunos cuestionan la imparcialidad del juez en base a su membresí­a en la «Asociación Sueca de Propiedad Intelectual» (y que conste que no estoy completamente de acuerdo con las tesis marcadas en este caso, estando en sintoní­a con las reflexiones de David).

La imparcialidad de la justicia española también se ha planteado en el reciente caso InfoPSP, que tras una sentencia de conformidad, no fueron pocos los que encumbraron a una persona que ofrecí­a enlaces a contenidos protegidos a cambio de alguna que otra ganancia económica, cuestionando la diligencia de un juez de lo penal y las «tácticas» de determinadas asociaciones. Como decí­a Javier en su post: «cuando las sentencias judiciales son favorables a mis tesis (intercambiar obras protegidas no es delito), se ha hecho justicia. Cuando no lo son, es que el juez y/o el abogado defensor son incompetentes o algo peor

Javier no ha sido el único compañero que se ha mojado, aún con el peligro de ser posicionado en los más altos podios de impopularidad (de eso sé algo, Javier). Paloma Llaneza, con clarí­sima sensatez, decí­a: «Y mi último estupor es el de escuchar que ésto es un golpe a la cultura libre ¿De verdad que la gente que defiende la cultura libre considera que esto socava de alguna manera sus postulados?«. Y ese es el verdadero problema en España, estamos utilizando una traducción de la palabra free con el significado de su otra acepción; cultura libre ya hay (¿eres autor? tu obra YA puede llegar a millones de hogares sin necesidad de un editor/productor ¿no es eso libertad?), lo que aquí­ se quiere es gratuidad. Y si lo que realmente quieres es poder mezclar y remezclar, promueve una modificación de la ley (y convenios internacionales).

Me llaman la atención los posts en los que, desde fuera, se niega la mayor y se critica a la industria del entretenimiento por su torpeza, por «no darse cuenta», por no cambiar su modelo de negocio, cuando la cosa está clarí­sima: dámelo ya, en HD, con subtí­tulos y a ser posible gratis (los anuncios no son aceptados). Gonzalo respondí­a de forma brillante al incitador Hernán Casciari (ejemplo manifiesto de las contradicciones de medios como El Paí­s y del «no es mi problema»), quien, desde mi punto de vista, sólo conoce la perspectiva del telespectador y no del creador de contenidos (no me vale como contenido un blog, cuya amortización no es comparable con la de una serie como «Tru Blood»). Lo siento, pero todaví­a no veo por qué el disfrute de una pelí­cula de 60 millones de dólares debe ser gratuito (ni qué base moral lo puede sustentar, si no es el «no es mi problema…»).

El gran problema está en los posicionamientos radicales de uno y otro lado: Control vs. P2P, y así­ no llegaremos a ningún sitio.

En estos tiempos de desunión, comunicaros que las próximos dí­as estaré completamente desconectado debido a que haré uso de un canon, pero no del de copia privada, sino del 1055, y consiguiente aplicación del artí­culo 60 del Código Civil. El periodo del artí­culo 37.3.a del Estatuto de los Trabajadores lo pasaré en un paí­s en el que el desarrollo de la tecnologí­a no ha supuesto una merma de los derechos de los autores: Japón.

13 Comments

  1. Gracias por la cita Andy, y por traer un poco de cordura a este debate de locos, o charla de sordos en que se ha convertido el asunto p2p.
    En cuanto a tu ya veo que irreversible casamiento, te acompaño en el sentimi… digo que ¡enhorabuena y vivan los novios!

  2. Felicidades Andy, estoy seguro que Japón os encantará a ambos. Disfruta y coge fuerzas, que luego puede que hagan falta 😉

    Y viva los novios!

  3. Enhorabuena, Andy. Pero que conste que lo que más envidio es tu destino de viaje :-)))

    Entrando en materia, gracias por la valoración y tu cita. Efectivamente, tenemos un gran problema con los conceptos y las definiciones, especialmente «cultura libre». Es cierto que la gente es libre de publicar y hacer, pero el mundo de la cultura libre, la que proviene de la tradición intelectual de la Free Software Foundation y del copyleft de Lawrence Lessig de lo que hablan es de la concepción profunda de lo que es propiedad intelectual. Ni Stallman niega el derecho al monopolio de los autores en algunos casos, pide su reducción por ser demasiado el número de años. Por cultura libre no se entiende que cualquiera pueda publicar, sino que se pide una reelaboración de los conceptos en los que, probablemente, la idea de autorización previa no tenga sentido en situaciones mucho má amplias que las actuales, y que la reutilización de los contenidos sea mucho más sencilla y útil para la sociedad. Por no hablar de la falta de fomento del dominio público en todas aquellas situaciones donde es posible y hasta necesario, como es por ejemplo todo aquéllo que se paga con dinero público.

    El abuso de la propiedad intelectual – que lo hay – y las prácticas del orden establecido en la protección y explotación de la autoría, crean un caldo de cultivo nocivo para todo el sistema. El público detesta a estas organizaciones y no comprende las bases jurídicas que debe discutir realmente como ciudadano.

    Yo, a diferencia de ti, no veo nada que justifique que porque una producción sea de sesenta millones no haya más remedio que pagarla por los espectadores: si el modelo de negocio no permite hacerlo, no te metas. Y creo que las bases tecnológicas en las que se basa la distribución online convierten simplemente en inservibles muchas cosas de lo que se llama copyright y que tiene su origen en eso, en el derecho a copiar: la copia es automática en los servidores que transportan los bits. Compartir parece inevitable. Este es un debate largo. Especialmente si para superarlo el remedio es la persecución de la población.

    En definitiva: es cierto que el público y muchos apologistas de la descargan ignoran el derecho vigente y carecen de propuestas reales de transformación de las leyes. Que estamos frente a un problema industrial que esconde una realidad de abuso como de reconversión de modo simultáneo. Incluso que si la ley es una, debe aplicarse. Y que si uno se inmola ejerciendo la desobediencia civil o la objeción de conciencia o cualquier otro concepto que pueda invocarse para luchar contra leyes injustas, debe saberse al menos qué leyes son esas. Defender la cultura libre implica también saber que, aunque la descarga fuera declarada plenamente ilegal, lo que se defiende es el derecho a compartir y transformar contenidos sobre unas bases diferentes a las de ahora, no se trata de decir que «no es ilegal» y puedes hacerlo. Parece que por poder, como mínimo no es delito, pero tomar una postura pública y política (esto es política, es la ley, es el derecho) implica asumir que se quieren transformar las leyes de una manera.

    En cierta forma es lo que hemos comentado otras veces sobre el caso Telecinco vs YouTube. Porque defendamos el fair-use no quiere decir que sea legal, por lo tanto es estéril decir que Telecinco es muy mala. Es al revés: si la sociedad cree que esa no es la forma, lo que tiene es que cambiar las leyes. Pero no pedir que no se cumplan. Y, si se contribuye a incumplirlas, hacerlo como una postura ética, no como una excusa para no pagar.

  4. Hola Andy,

    A los que me conocéis ya sabéis que rara vez adopto posturas extremistas. No sirven para nada.

    Pero creo que lo más importante ahora es….FELICIDADES ANDY!! Pasadlo genial tío!!! (Somos frikis hasta para decir que nos casamos y nos vamos de vacaciones…en este caso, frikis legales… ) 🙂

    Un saludo.

  5. Andy,

    Hace tiempo que leo tus posts aunque, sinceramente, por mi desconocimiento del mundo legal, nunca te comentaba nada.

    Pero este post es diferente: ¡vivan los novios!

    Ya nos explicarás qué tal por Japón…

  6. Andy.. Felicidades por la aplicación de ese Cánon….. O, yo que ya llevo 35 años con ese canon a cuestas, debería decirte ¡te acompaño en el sen…! ja.ja.

  7. Pingback:Se busca un juez en Marte

  8. Me uno a las felicitaciones. Estoy seguro de que os irá muy bien y que seréis muy felices. Éste es el último post que escribirás con el título «Unión y desunión» porque después de cumplido el canon, no hay marcha atrás!!
    Pasadlo genial en el país del cosplay. Y haced muchas fotos que luego se puedan ver tomando unas cañas a vuestra salud!!

  9. «quien [por Hernán Casciari], desde mi punto de vista, sólo conoce la perspectiva del telespectador y no del creador de contenidos»
    no, lo que pasa es que no sabes que es un gran creador de contenidos y precisamente su éxito (publicar libros y escribir para teatro entre otras cosas) le ha llegado de la mano de enseñar su talento gratuitamente en blogs.

    «así no llegaremos a ningún sitio» cierto pero ante la duda estoy con Galileo antes que con la Inquisición.

    ¿Como llevas las oposiciones?
    :-)=

  10. Esa es la clave, Ani, Casciari ha utilizado el copyleft según ha considerado conveniente, y por el tipo de obra que ha creado, ha podido hacerlo sin intromisiones. Casciari pone a disposición de forma gratuita un determinado contenido (el blog), mientras que otro decide cobrar por él (libros y obras teatrales). Eso creo que es la cultura libre, que la tecnología te permita dar a conocer tus creaciones sin necesidad de una editorial o sin las estrictas reglas del mercado.

    Hoy en día, un autor que quiera dar a conocer su obra de forma gratuita no tiene problemas para hacerlo, mientras que el que quiera cobrar por ello (por muy contraproducente que esto sea) no podrá hacerlo por el uso que, de la tecnología, hacen los que disfrutan de tal obra. Tú has decidido que los usuarios nos podamos descargar la música que creas de forma gratuita, y todos respetamos tal decisión, pero otros autores prefieren optar por otros canales y modelos de distribución retribuidos y actualmente no se está respetando su decisión, por muy errónea que sea.

    Como he dicho en muchas ocasiones, es una cuestión de respeto; que tú puedas permitir la descarga gratuita de tu música y que otros autores puedan exigir un precio por el disfrute de sus obras. Si la gente no pudiera descargase esas «obras con retribución» en redes P2P, las «obras copyleft» serían una auténtica alternativa a la que acudirían todos aquellos que, por uno u otro motivo, decidiesen no pagar por el consumo de contenidos.

    Sobre las oposiciones, tengo clara mi posición y dónde estoy (aunque tanto en uno como en otro mundo parezco no encajar…)

  11. Creo que, como vi la semana pasada en Madrid (hiciste el mismo comentario de los 60 millones de €), das algunas cosas por sentadas, no ya respecto a que a dia de hoy sean asi, sino incluso respecto a que deban seguir siendo asi.

    Por ejemplo, entiendo que a ti te parece que las obras intelectuales serian «propiedad privada». Si incluso los liberales, en principio maximos defensores de la propiedad privada, tipo Thomas Jefferson («el que recibe una idea de mi, se instruye a si mismo sin quitarmela a mi, del mismo modo que el que enciende su candil con el mio, se ilumina sin quitarme luz»), niegan que las obras intelectuales sean propiedad, ¿como no va a ser mas que cuestionable ese axioma del sistema actual?

    Dicho esto, y en el hilo del argumento jeffersoniano, si descargo sin animo de lucro una copia de esa pelicula de 60 millones de €, estoy causando CERO EUROS de perdidas a los productores. Porque ganan el mismo dinero conmigo que si no hubiese ido a ver la pelicula: no les privo de material como DVDs, ni les robo de sus cuentas corrientes; tampoco me cuelo en las salas de cine de los que han pagado regalias a los productores; no genero perdida alguna. Y tampoco genero perdida alguna si me compro el DVD de una pelicula, me copio el DVD en mi ordenador y le presto a mis amigos el DVD para que lo vean. Espero que no estes acusando de «gorronear» a quien haga esas practicas, creo que estaria muy feo …

    Tambien me causa perplejidad (desconocia este post tuyo cuando fui a Madrid, no sigo tu blog) tu defensa de Sinde frente a los intentos de desacreditarla: ¡ni por asomo lo intentamos! Lo hace ella sola. Lo que dijo Asociacion de Internautas sobre Sinde es totalmente cierto, pues la ley de incompatibilidades dicta que no basta con que recien nombrada ministra abandone sus negocios del cine … hay un margen de dos años; si dicta resoluciones en favor de esas empresas, o en favor de DAMA, o en favor de cualquier entidad o persona intimamente ligada estara cometiendo un grave acto perseguible y denunciable. Y lo de ahora, de hablar con «representantes de los internautas» (asociaciones de consumidores que no replican en absoluto a la ministra), «operadores» (no estan ni R, ni Jazztel, ni ninguno fuera de Redtel; solo los dispuestos a negociar con SGAE y compañia) ni «creadores» (creo que Ani puede atestiguar si la ministra ha hablado con la Fundacion Copyleft, o si para la ministra solo existe la «troupe de la ceja»).

    Respecto al caso The Pirate Bay … ¿te suena eso de juez y parte? Justo eso es lo que pasa con el juez sueco en cuestion. Y pasaria en España, ya que segun el articulo 219.10 de la LOPJ, es causa de abstencion y, en su caso, recusacion «tener interés directo o indirecto en el pleito o causa»; a ver quien osa negar que un juez que fuese socio de SGAE no deberia enjuiciar causas en las que SGAE estuviese involucrada.

    Sobre el caso InfoPSP, lo mismo te parece que David Bravo no tiene conocimiento de lo que habla; por el contrario, creo evidente que, como el Codigo Penal señala en su articulo 270, ademas del animo de lucro es necesario que el supuesto delincuente «reproduzca (art 18 LPI), plagie, distribuya (art 19 LPI) o comunique públicamente (art 20 LPI), en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística». Si tu enlazas a una obra no dispones del ejemplar de esa obra, por lo tanto ni la reproduces, ni la plagias, ni la distribuyes, ni la comunicas publicamente, ni la transformas, ni la interpretas, ni la ejecutas. No comprendo en absoluto, pues, tu cuestionar del analisis certero de David Bravo, por cuanto efectivamente no existe delito en el caso InfoPSP (haya o no lucro de la web).

    Ahora tal vez alguien arremeta diciendo la tipica falacia, «Ayala esta contra los derechos de autor»; quien diga eso miente. De lo que hablo es de redefinirlos, puesto que jamas osaria cuestionar la existencia de los derechos de autor estando declarados como estan en el articulo 27.2 DUDH, son derechos humanos de los autores (autores que somos todos, aunque Andy Ramos ningunee a los bloggers entre los que el mismo se encuentra).

    – ¿70 años (ahora son 50, los quieren ampliar como con las canciones) de duracion de los derechos de explotacion comercial para peliculas como Stalag 17 (ahora mismo esta en el dominio publico, no la pelicula, sino su edicion original)? Segun imdB.com, ya en 1955, dos años despues de su estreno, habia recaudado un 900 % de su presupuesto, ¿que ha de amortizar pues esa pelicula? ¿como puede alguien esgrimir que se le quita el pan de la boca a nadie?
    – ¿considerar las obras como «propiedad privada»? La ONU, que defiende que a los autores se les garantice un nivel de vida adecuado en virtud de sus obras, separa claramente los derechos de autor de la supuesta «propiedad intelectual», que permite aberraciones como que los derechos de autor no los ejerza el autor (los suplantan, por ejemplo, entidades de gestion como SGAE; al ser transmisibles permiten absurdos como que derechos de canciones de Elvis los tenga Michael Jackson, etc), que duren ¡70 años tras la muerte del autor!, etc
    – ¿perseguir la comparticion sin animo de lucro? con una duracion sensiblemente inferior a la actual, defiendo que no haya terceros que se lucren con la produccion creativa de los autores (si estos no han consentido por ejemplo via licencias copyleft); sin embargo, no solo niego la mayor respecto al supuesto perjuicio que causaria la comparticion, sino que como (tu lo sabes mejor que yo, siendo como eres abogado) la exigencia de probar que algo no existe es una prueba «del diablo», son los otros los que tienen que acreditar ese perjuicio; mira el caso de Pablo Soto, donde por mas que la defensa insistia la acusacion se negaba a explicar de donde salian esas cifras esotericamente desorbitadas
    – defensa del reconocimiento de autoria (no presentar una obra como si fuese de otro autor) y de la preservacion de la integridad de la obra (no presentar una version distorsionada de una obra como si fuese la verdadera obra)

    Para concluir y por todo lo dicho, tengo que decir que no comprendo por que te quejas de que «tanto en uno como en otro mundo parezco no encajar». Es muy sencillo:

    – como no sigues 100 % las tesis de la «Coalicion», no encajas; o las sigues 100 % o nunca seras de los «suyos»
    – como dices cosas como «cierto sector contrarevolucionario» (¿soy solo yo, o es que ese es un comentario despectivo?), «no del creador de contenidos (no me vale como contenido un blog, cuya amortización no es comparable con la de una serie» (aqui lo que cuenta no es el rango que otorgues a unos y a otros, todos son creadores de contenidos), «ni qué base moral lo puede sustentar, si no es el “no es mi problema”» (a lo mejor me equivoco, diria que pones al que comparte via P2P como «gorron»), ademas de justificar a Sinde, al juez-autor sueco, etc … comprende que el sector pro-reforma de los derechos de autor quererte, no te va a querer

  12. Comparto contigo plenamente este artículo. No lo digo como creador (www.deversoenverso.es) sino como consumidor y usuario (miruidofavorito.blogspot.com).

    Desde mi punto de vista, simple, el problema se reduce a una cuestión meramente económica, y no me extenderé mucho en un tema tan obvio, pero si decir que creo que es el momento de buscar alternativas en las formas que los creadores obtienen sus ingresos que no sea cediendo el derecho de distribución a un intermediario.

    Un periodista puede recibir ingresos a través de la publicidad de su blog. Un grupo musical que se inicia puede promover su obra y facilitar la contratación de conciertos o vender su música a un coste muy bajo, desde el punto de vista del consumidor (es decir, si eliminamos a los intermediarios y del soporte físico, así como su distribución).

    Quizás vayan por ahí los tiros. Creo que los usuarios tenemos esta batalla perdida si nuestra actitud, como bien defines, es la de «no es mi problema, dámelo gratis y jód###». Por ahí, las cosas no funcionan. Los creadores necesitan vivir y comer de su obra, para poder seguir creando y aportando cultura a los que la consumimos. Si tú, trabajas en una oficina, ellos trabajan ensayando.

    Es la opinión, de un usuario más.

    (¿Qué es un intermediario? Ya Los Sabandeños lo cantaron: http://www.quedeletras.com/letra-cancion-polka-envenenada-bajar-56185/disco-40-anos-disco-2/los-sabandenos-polka-envenenada.html)

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