Uno de los principios elementales de la Propiedad Intelectual es que únicamente las obras y prestaciones realizadas por seres humanos están protegidas. Así lo dictamina el artículo 5 de la LPI, que afirma categóricamente que se «considera autor a la persona natural que crea alguna obra literaria artística o científica«. Por tanto, solo las «personas naturales» pueden ser autores y, en principio, creadores de obras protegidas por derechos de propiedad intelectual.
Tradicionalmente, cuando damos clase y tenemos que explicar este artículo, decimos que las empresas (personas jurídicas) pueden ser titulares de derechos, pero no «autores», categoría (con derechos morales) que la LPI guarda exclusivamente para los humanos; y también acudimos a exclusiones simpáticas, como los animales (un elefante o un mono no pueden ser autores, por lo que sus creaciones no están protegidas por derechos de propiedad intelectual –ver el famoso selfie del mono-), o «la naturaleza», al crear un árbol con unas formas muy singulares o una formación rocosa digna del mejor autor surrealista.
En cambio, en los últimos años vemos cómo están surgiendo determinadas obras donde la intervención humana queda en un segundo plano.
Por caprichos del arte y de las modas, el cuadro que aparece sobre estas líneas podría venderse en una galería de Nueva York por un precio desorbitado. Y curiosamente no ha sido pintado por un ser humano, sino por una máquina construida por el colectivo polaco «panGenerator«, que investiga para que las artes plásticas y visuales, y la tecnología se den la mano.
Automated Insights es una empresa americana que crea textos en lenguaje natural en base a datos o información de la bolsa, deportes, negocios, etc. Su software crea textos y artículos periodísticos de forma autónoma e independiente, y es utilizado entre otros por Associated Press o Yahoo para escribir artículos de prensa. De hecho, medios nacionales como El Mundo utilizan desde hace meses sistemas de narración automática de partidos en directo, trabajo que antes hacía un humano. Los textos son meramente descriptivos y nada creativos, pero dales tiempo.
También hace unos meses se publicó que se iba a estrenar un musical en Londres cuyo argumento y diálogos incorporada música y argumentos generados por ordenador. La noticia tiene truco, ya que en realidad el musical no lo había generado una máquina, sino que los autores se habían asistido de ella para determinar los elementos comunes de cientos de musicales de éxito (big data) y así poder crear una obra que tuviese más garantías de gustar al público. De hecho, teniendo en cuenta el coste del contenido audiovisual y las incertidumbres respecto al retorno de la inversión, muchas empresas del sector están confiando en este tipo de herramientas para tomar decisiones empresariales y artísticas. La clave es saber (no intuir) qué le gusta al público.
Todos estos casos tienen algo en común; con más o menos arte y más o menos originalidad, son contenidos/obras generadas por un ordenador con software basado en Inteligencia Artificial. La consecuencia de ello, como adelantaba al principio, es que el resultado literario o artístico de dicho algoritmo inicialmente no está protegido por derechos de propiedad intelectual, al no ser el fruto de la creación de una persona natural. Este hecho, que cada vez será más habitual, tiene una trascendencia práctica muy importante, ya que si estos contenidos no están protegidos por derechos de propiedad intelectual, cualquiera puede reproducirlos, distribuirlos… explotarlos, sin necesidad de autorización.
¿Creéis que se puede sostener que hay «obra», pero no «autor»? y ¿de otorgar derechos a alguien, se lo daríais a quien creó el algoritmo, al propietario/licenciatario de la máquina/software, o al usuario del mismo (cuando no coincide con el licenciatario)?.
Análisis aparte creo que requiere el software creador de software («Automatic programming» y generadores de código), que trataré en el próximo post.
¿Tenemos que empezar a debatir sobre la protección del contenido generado por máquinas?