El año 2014 fue clave en la determinación de la naturaleza jurídica de los enlaces de hipertexto por los asuntos Svensson y BestWater del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los cuales se concretaron con el caso GS Media del año pasado. En apenas dos meses hemos tenido otros dos asuntos muy importantes, uno en abril, conocido como «Stichting Brein», y esta semana, con el caso «The Pirate Bay».
En «Stichting Brein», el TJUE tuvo que analizar si se infringía el derecho exclusivo de comunicación pública cuando una empresa vendía un reproductor multimedia en el que se habían preinstalado extensiones, disponibles en Internet, que contenían hipervínculos que reenviaban a sitios de Internet libremente accesibles al público en los que se ponían a disposición obras protegidas por derechos de autor sin la autorización de los titulares de tales derechos.
Por otro lado, en «The Pirate Bay», el TJUE debía analizar si el concepto de comunicación al público comprende la puesta a disposición y la gestión en Internet de una plataforma de intercambio que, al indexar metadatos relativos a obras protegidas y proporcionar un motor de búsqueda, permite a los usuarios de esa plataforma localizar dichas obras e intercambiarlas en una red entre pares (peer-to-peer).
En ambos casos la respuesta ha sido afirmativa, por lo que el TJUE mantiene su tendencia «amplificadora» del concepto de comunicación pública.
De estos dos asuntos, y de sus precedentes, hablaremos el martes próximo en FIDE, en una sesión que moderaré y que contará con las excepcionales intervenciones de Verónica Ester, la Abogada del Estado que intervino en ambos procesos en representación del Gobierno español, y Rafael Sánchez Aristi, el autor que más ha tratado este tema y quien también estuvo de asesor de uno de los demandantes del caso Svensson.
Os dejo un resumen-anticipo de la sesión, en la que espero veros para compartir valoraciones:
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a través de diferentes asuntos, ha desarrollado en los últimos años el concepto de «comunicación pública» como derecho exclusivo de autores y titulares de derechos conexos de propiedad intelectual. Mediante los notorios asuntos «Svensson», «BestWater» y «GS Medida», el TJUE comenzó a concretar la naturaleza jurídica de los enlaces de hipertexto de Internet y de la transclusión, introduciendo nuevos y polémicos conceptos dentro del derecho de comunicación pública.
En abril de este año el TJUE ha publicado la sentencia del asunto conocido como «Stichting Brein», en el que tuvo que analizar si quien vende dispositivos (set-top boxes) para conectarlos a aparatos de televisión realiza una comunicación pública al pre-cargarlo con extensiones o aplicaciones disponibles libremente en Internet, que permiten al usuario acceder mediante streaming a obras y prestaciones protegidas por derechos de propiedad intelectual y ello sin la preceptiva autorización de sus titulares. Así, la cuestión prejudicial planteada por un juzgado neerlandés no se refería a quien en última instancia realizaba el acto de comunicación pública, sino en relación a las acciones de quien comercializaba un dispositivo que él mismo cargaba con extensiones que permitían el libre disfrute de obras y prestaciones protegidas.
Así mismo, el Tribunal ha adoptado en los últimos años otro tipo de controvertidas resoluciones, como la del asunto «Del Corso», que modulan el derecho exclusivo de comunicación pública, de vital importancia en la Sociedad de la Información. Durante la sesión, los ponentes analizarán estas resoluciones, incluyendo sus aspectos y conceptos más controvertidos con el objetivo de describir el estado actual de la cuestión, las razones que aconsejaron la intervención de España en el asunto «Stichting Brein», las posturas que mantuvieron las partes por escrito y prospecciones sobre posibles soluciones normativas para el tratamiento de los enlaces.