Podcast 29 y Felicitaciones

Antes de tirar para mi tierra, Cádiz, os dejo el Podcast Interiuris 29, con noticias, tema del dí­a que es el Derecho de Participación de los artistas plásticos, el caso célebre es Weblisten, por el cual se condenó a una web barcelonasa que permití­a a sus usuarios descargarse música desde Internet, y finalizo resolviendo las dudas de los oyentes. He tenido algunos problemas informáticos, así­ que quizá se perciban pequeños saltos de edición; pido disculpas ya que creo que la calidad del audio y de la edición debe ser buena, pero cojo un vuelo en un rato y no tengo tiempo para más.

También felicitaros a todos por las fiestas que empiezan ahora. Deseo que paséis unas excelentes navidades rodeados de los vuestros; comed jamón, bogavantes, gambas, langostinos y todo aquello que os permita vuestro compañero de mesa.

Nos vemos dentro de unos dí­as.

5 Comments

  1. De entre todos los derechos de autor, el que me parece más absurdo es éste. Ya lo había comentado la primera vez que hablaste de ellos.

    Es curioso como precisamente los mismos que fuerzan los conceptos de propiedad privada para extenderlos a las ideas, ponen límites a la propiedad privada cuando les han de favorecer a ellos.

    «sus derechos de explotación sobre sus obras se extinguen prácticamente con la venta de las mismas.»
    Precisamente la venta de las mismas, que se produce a un precio libremente acordado por artista y comprador, produce el cambio de propiedad del objeto. No veo por qué ha de haber diferencia entre una escultura y una silla, en cuanto a términos de propiedad privada.
    Por otra parte, nadie le impide al autor volver a realizar la misma obra y «explotarla», o sea venderla nuevamente.

    «No es más que hacer al autor partícipe de las revalorizaciones de sus obras, especialmente en círculos comerciales o mercantiles en los que varios intermediarios se lucran por la reventa de obras de arte.»
    Es como si hacemos a los constructores partícipes de las sucesivas reventas de las viviendas que han construido. Absurdo ¿verdad?

    «la remuneración obtenida puede servir al autor como estímulo para seguir creando,»
    ¿Quieres decir que si no hay pasta no hay creación? ¿Y entonces por qué los artistas que están empezando (y que lógicamente no ven ni un duro) siguen creando? Si fuera cierta esa frase, no habría ningún artista. Y es que el estímulo no es únicamente económico, también está el prestigio, la fama o el simple orgullo personal de ver una obra hecha. El estímulo es un tema personal de cada uno.
    Siguiendo con el paralelismo anterior, esa tasa también serviría de estímulo al constructor para seguir construyendo. Nuevamente absurdo ¿no?
    Sí, es importante ganar dinero para comer, pero ese dinero ya lo ha ganado con la primera venta (que no hubiera vendido si el precio le parecía pequeño). Esto otro no es más que demagogia para justificar el expolio legal al dueño actual de la obra.

    «Tras la Segunda Guerra Mundial la instauración de este derecho volvió a tener sentido por la paralización durante años del mercado del arte y por el estado de extrema pobreza en el que se encontraban los artistas;»
    Seguro que tras la guerra no sólo los artistas se encontraban en estado de extrema pobreza, pero desafortunadamente el resto de la humanidad no pudo imponer unas tasas sobre los demás para sostenerles económicamente.

    Lo que ya me provocó directamente la carcajada fue la propuesta de la VEGAP: «y finalmente, que la recaudación de este derecho se realice obligatoriamente a través de entidades de gestión, sobretodo en este mercado con ventas transnacionales de obras.».O sea, que los intermediarios se quieren asegurar su sueldo y su ración del pastel sí o sí forzando la ley a su favor.
    Dejemos al autor la libertad de la gestión de sus derechos. Si quiere asociarse a una entidad de gestión, perfecto, que lo haga, y si quiere seguir por su cuenta, pues nadie le debería obligar a lo contrario. ¿No te parece?

    En cualquier caso y aprovechando las fechas, darte la enhorabuena una vez más por este blog y el podcast, y ¡¡felices fiestas!!

  2. Gracias a los dos por las felicitaciones.

    Pululante, como he dicho en muchas ocasiones, mientras que en mi blog doy mi punto de vista sobre los temas que trato, el podcast intento que sea más objetivo, que enseñe e ilustre más que refleje mi posición sobre un tema.

    Las frases mías que citas en tu comentario son los argumentos que tradicionalmente se han dado para justificar este derecho, lo cual no quiere decir en ningún momento que yo esté de acuerdo con ello (que de hecho no lo estoy).

    Suscribo parte de las objeciones que realizas, aunque por tema de tiempo (tengo bastante trabajo pendiente) me reservaré para otro día que tenga un poco más de tiempo disponible.

    Salu2

  3. «Las frases mías que citas en tu comentario son los argumentos que tradicionalmente se han dado para justificar este derecho, lo cual no quiere decir en ningún momento que yo esté de acuerdo con ello (que de hecho no lo estoy).

    Suscribo parte de las objeciones que realizas»

    Me alegra saberlo, aunque lamentablemente las leyes siguen yendo en el camino del absurdo: cada vez más restrictivas.

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