«Divagaciones (y perturbaciones) legales sobre Regreso al Futuro II»

Reproduzco a continuación un artí­culo que he escrito con mi compañero y amigo el Replicante Legal (que cuenta en su blog los aspectos legales del mañana) y publicado originariamente en Xataka Magnet, en donde divagamos sobre la magní­fica «Regreso al Futuro II»: 

Hoy, 21 de octubre de 2015, es el dí­a al que Marty McFly viajó en el DeLorean de Doc. Brown, desde el año 1985, con el fin de salvar a Marty McFly Jr. de cometer un crimen que le arruinarí­a la vida.. Desde hace meses se están preparando homenajes a tan señalada fecha, pero ¿alguien se ha parado a pensar los paradigmas legales (y de espacio-tiempo) que implicaba este acontecimiento?

Los creativos de «Regreso al Futuro II» imaginaron un sinfí­n de innovaciones que incluyeron en la sociedad de 2015 que visitó Marty, como el inductor de estado alfa, las zapatillas con ajuste automático, la chaqueta auto-ajustable y auto-secable, el diseño de la corbata doble o, por supuesto, el Hoverboard. ¿Se pueden proteger hoy en dí­a todas estas innovaciones, cuando se «inventaron» hace más de dos décadas?

En otro orden de cosas, en el futuro los juicios duran sólo dos horas porque no hay abogados, según le dice Doc a Marty al principio de la pelí­cula. Afortunadamente (para los juristas…) Robert Zemeckis no acertó en esa predicción y los abogados seguimos siendo hoy una parte esencial en el proceso de administración de justicia, al menos de momento.

En este artí­culo pretendemos comentar desde una perspectiva jurí­dica (esencialmente con las leyes de España) algunas cuestiones que aparecen en la pelí­cula y que nos han llamado la atención por distintos motivos; es nuestro particular homenaje a esos dos genios del cine que son Zemeckis y Spielberg.

 

PATENTES

En «Regreso al Futuro II» aparecen dispositivos que hacen la vida del año 2015 un poco más sencilla (como el repostaje automático de los coches, el Hydrator de Black & Decker o los drones informativos de USA Today) y, a veces, ridí­cula (como el Hoverbelt que utiliza George McFly para curar su dolor de espalda).

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A la izquierda, el «hidratador» de alimentos de Black & Decker, y a la derecha el reparador de espaldas de George McFly

Pero ¿qué hubiese pasado si Marty se hubiese llevado algunos de estos inventos al pasado, como souvenir? ¿Cuándo se hubiese considerado inventado y, por tanto, se podrí­a proteger? De hecho, McFly viajó al año 1885 con sus zapatillas Nike del año 1989 que, a buen seguro, tendrí­a alguna que otra patente.

La patente es un sistema por el cual el Gobierno otorga derechos exclusivos al desarrollador de una invención durante 20 años, a cambio de que revele completamente en qué consiste dicha innovación. Así­, las patentes se refieren siempre a inventos (nunca marcas, signos distintivos, obras de arte, etc.), que deben ser perfectamente descritos en la solicitud ante la oficina correspondiente y, si es aceptada, el titular de la misma podrá explotarla en exclusiva durante dicho periodo de tiempo.

Generalmente, se pueden patentar todas aquellas invenciones que cumplan todos los requisitos siguientes:

  • Que sean novedosas, es decir, no se podrá otorgar una patente a algo que ya existiese previamente.
  • Que implique una actividad inventiva, en contraposición de meros «descubrimientos» o avances obvios.
  • Y que tengan una aplicación industrial o que sean útiles, es decir, que sirvan para algo.

Como decí­amos, ¿pueden afectar los viajes en el tiempo a las patentes? En un plano teórico (y de abstracción mental), sí­. Dado que uno de los requisitos de patentabilidad de un invento es que sea novedoso, éste puede desaparecer si Marty decidiese facilitar su vida de 1985 con alguno de los nuevos productos de 2015, y se lo llevase en su DeLorean. Así­, esa innovación aparecerí­a por arte de magia en 1985, y cuando se inventase realmente posteriormente, la invención dejarí­a de ser novedosa porque ya existí­a en el pasado, y, por lo tanto, no serí­a patentable. Algo parecido ocurrí­a en Terminator 2, con el brazo del T-800, encarnado por Arnold Schwarzenegger, que sirvió de inspiración a Cyberdyne System para diseñar posteriormente el androide. Paradojas legales de los viajes en el tiempo.

Otra cuestión que se puede plantear es si son patentables ahora estos inventos que aparecen en la pelí­cula, como la chaqueta auto-secable, el Hoverbelt o el mencionado Hydrator, para hidratar y cocinar alimentos en menos de 5 segundos. Es decir, se podrí­a pensar que si estos inventos salen en la pelí­cula, ya no son novedosos y por tanto, nadie podrí­a solicitar una patente sobre ellos. En este caso, la respuesta es sí­, es decir, sí­ serí­an patentables.

Las leyes de patentes de todo el mundo protegen la forma técnica en la que se materializa una invención, no así­ (de forma general) los principios, ideas o descubrimientos intrí­nsecos en ella. Es decir, una patente no protegerá cualquier «sistema de auto-ajustado de cordones», sino uno especí­fico en el que se describa perfectamente los dispositivos y técnicas que hagan posible que una zapatilla se ajuste de manera automática. Gracias a esto hay multitud de formas (y de patentes) que resuelven problemas técnicos, algunos muy similares, y de ahí­ las famosas «Guerras de Patentes» entre gigantes tecnológicos.

Así­ que, afortunadamente no existe todaví­a la posibilidad de viajar en el tiempo porque de hacerlo, seguro que tendrí­amos que modificar las leyes de patentes ya que ese «factor tiempo» (convertido en la «novedad» de una invención) es clave en la concesión de cualquier patente.

 

PROPIEDAD INTELECTUAL

Algo parecido ocurre con la Propiedad Intelectual, que es un sistema un tanto más complejo que otorga protección (también exclusiva) al creador de una obra o a quien realice prestaciones alrededor de ella, como un productor, un intérprete, etc., durante un periodo limitado de tiempo (la norma general para los autores es de protección toda su vida, más 70 años tras su muerte, y del resto de titulares, de 50 años desde la publicación).

Al igual que hablábamos en el punto anterior que la «novedad» era un requisito imprescindible para que exista una patente, para que una obra esté protegida por la Ley de Propiedad Intelectual es necesario que sea «original», entendiéndose ésta como algo diferente (en términos objetivos o subjetivos) a lo ya existente. Vemos de nuevo que el «factor tiempo» es fundamental en la protección de obras y prestaciones del intelecto humano, como pelí­culas, canciones, obras de arte, libros, etc.

Al igual que ocurre en la primera parte, al final de esta segunda entrega se vuelve a mostrar a Marty tocando la canción «Johnny B. Goode« en el año 1955 y, mientras tanto, uno los músicos -Marvin Berry- hace una llamada a su primo Chuck diciéndole que ha encontrado el sonido que él andaba buscando. Es decir, según la pelí­cula, la canción más reconocida a nivel mundial de Chuck Berry y una de las más versionadas de su repertorio, es un plagio porque el compositor de Misuri realmente no hizo más que reproducir las notas que habí­a ejecutado Marty en la fiesta «Encantamiento Bajo el Mar». Por tanto, en la pelí­cula se plantea que la canción no es de Berry y en consecuencia no deberí­a ser considerado el autor y creador de la misma.


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Marty McFly interpretando «Johnny B. Goode» en Regreso al Futuro II

 

Si esto es así­ ¿quién es entonces el autor de una de las canciones más importantes del Rock «˜n’ Roll?

Según nos cuenta la pelí­cula, Marty es quien la interpreta por primera vez en público en 1955 y por tanto podrí­amos suponer que es él quien la ha compuesto. El problema es que McFly conocí­a la canción porque habí­a escuchado (en el futuro) la famosa versión de Chuck Berry y por tanto no hay creatividad ni originalidad por su parte, lo que imposibilita que Marty pueda ser considerado su autor según las leyes actuales de la propiedad intelectual. Concluiremos entonces que Berry es el autor de Jonny B. Goode, aunque quizá la inspiración no le vino sólo de su propia biografí­a…

 

DISEí‘O INDUSTRIAL

Otro de los mecanismos legales para proteger activos intangibles es el «Diseño Industrial», que tiene la finalidad de proteger temporalmente (durante periodos de 5 años, hasta un máximo de 25) la apariencia de un producto, como una lámpara, una mesa, un vestido, un traje, una corbata o, como no, unas zapatillas de deporte.

Para que un producto sea registrable y protegido por la Ley de Diseño Industrial, debe ser novedoso y poseer carácter singular, es decir, en primer lugar que ningún otro diseño idéntico se haya puesto a disposición del público y, en segundo lugar, que la impresión general que produzca en un usuario difiera de la impresión general producida en dicho usuario por cualquier otro diseño. Una vez más, el «factor tiempo» es esencial a la hora de proteger un producto por este sistema.

En la pelí­cula aparecen multitud de productos que podrí­an protegerse como diseño industrial, como la corbata doble de Marty McFly del futuro, la bolsa de deportes, o los famosos Nike MAG con cordones auto-ajustables. De hecho, desde 1989 las zapatillas que se calza Marty en el futuro han sido objeto de deseo por los fans de la saga, hasta el punto que hizo que la empresa de Oregon fabricase una edición limitada en 2011 (sin sistema auto-ajustable) que llegó a vender por casi 10.000 dólares la pareja.

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Las Nike MAG creadas para Regreso al Futuro II

 

Vuelven a aparecer aquí­ una vez más la duda de los apartados anteriores de qué ocurrirí­a si McFly se llevase las Nike MAG al pasado ¿dejarí­an de estar protegidas en el futuro, cuando los diseñadores de Nike las creasen realmente? Quizá.

Pero una pregunta que tiene más repercusión práctica es que si el diseño es realmente de 1989 (año de lanzamiento de la pelí­cula) ¿estarí­an protegidas a dí­a de hoy? La respuesta parece ser que no, al haber pasado esos 25 años de protección máxima que ofrece la Ley, lo cual implicarí­a que su diseño estarí­a ya en el dominio público y que cualquiera podrí­a incorporarlo a su propio producto. Pero cuidado, porque esto no quiere decir que se pueda incluir también el famoso «swoosh» de Nike, ni las tecnologí­as que lleve incorporada la zapatilla de 2011, que estarán protegidas por, respectivamente, marcas y patentes. Las leyes son complejas y gracias a eso vivimos los abogados.

 

DERECHOS DE IMAGEN

En la pelí­cula, Marty entra por enésima vez a la cafeterí­a que está enfrente de los juzgados de Hill Valley, llamada en la segunda parte «Cafe 80’s», y se encuentra con camareros robotizados con monitores con la imagen (supuestamente) informatizada de Michael Jackson, Ronald Reagan y el Ayatollah Khomeini. ¿Puede un famoso evitar este tipo de usos de su imagen?

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Ronald Reagan y el Ayatollah Khomeini utilizados para despachar Pepsi Perfect en Regreso al Futuro II.

 

Todas las personas tenemos derecho a que se respete nuestro honor, a evitar la publicación de información de nuestra esfera í­ntima y a impedir la utilización de nuestro nombre, voz o imagen para fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga. Por tanto, cualquier utilización de la imagen de una persona para una finalidad comercial debe ir precedida por su autorización expresa, si no queremos meternos en problemas.

En este caso, una empresa (la propietaria de «Cafe 80’s) utiliza la imagen de tres personas célebres en la década de los ochenta, para atender a sus clientes. Era presumible que, por su edad, dos de ellas (Reagan y Khomeini) no fuesen a estar vivas en 2015, pero Michael Jackson podrí­a haberlo estado este año si no hubiese fallecido en 2009. ¿Estarí­amos en todos los casos ante usos ilí­citos de la imagen de famosos?

En este punto, las leyes cambian de un paí­s a otro, pero en general todos los estados avanzados conceden estos derechos de imagen a todas las personas, durante su vida y, para sus descendientes, durante unos años tras su muerte (entre 70 y 100 años, según cada paí­s). Por tanto, tanto los herederos de Reagan como los de Jackson (desconocemos las leyes del Irán de Khomeini) podrí­an haber exigido al dueño de «Cafe 80’s» y al fabricante del «camarero robotizado» una indemnización por explotación inconsentida de la imagen de sus predecesores y, cómo no, la paralización de tal atentado contra su propia imagen.

¿Y contra los productores de la pelí­cula, por aparecer en ella? Teniendo en cuenta la naturaleza de la utilización (en una obra artí­stica, en contraposición de un producto industrial del supuesto anterior) y que el tono es un tanto paródico, aquí­ primarí­a la libertad de expresión y creación y, a no ser que afecte al honor del retratado, no creemos que hubiese mayor problema (hasta que un abogado se ponga por medio).

 

IMPLICACIONES JURíDICAS DE LOS VIAJES EN EL TIEMPO

Por cierto ¿los viajes en el tiempo están permitidos o prohibidos? Viendo los problemas jurí­dicos que provocan, seguro que muchas personas opinan que no deberí­an ser legales. Lo cierto es que no están ni prohibidos ni permitidos. Simplemente no existe normativa al respecto. Y ¿por qué? Probablemente porque hoy dí­a no son viables. ¿Tiene sentido prohibir o regular una situación que no existe ni tiene visos de existir a corto plazo? En principio no.

Se suele decir que la realidad va siempre por delante de la ley y seguramente sea lo más lógico. Como regla general, la innovación no deberí­a estar sometida a restricciones previas. Esa es la tesis que defienden Adam Thierer y otros autores. Como excepción, podrí­amos citar aquellos desarrollos médicos o tecnológicos que pueden suponer un peligro grave si no se regulan a priori. Pensemos por ejemplo en la ingenierí­a genética o en la inteligencia artificial.

 

RESPONSABILIDAD

Volviendo a la pelí­cula, en otro momento McFly ve una oportunidad de hacer dinero fácil y compra un almanaque deportivo con todos los resultados en EEUU entre 1950 y 2000, pero Doc le convence de no llevarse el libro al pasado. Biff, sin embargo, tiene menos escrúpulos y «roba» el almanaque y la idea de Marty para hacerse millonario. ¿Incurre Biff en responsabilidad legal al alterar el espacio-tiempo?

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Marty McFly con el almanaque deportivo

 

Recordemos que el pasado alternativo al que vuelve Marty McFly en la segunda parte de la saga es muy diferente al que dejó, provocando claros perjuicios no sólo en Hill Valley, sino también en los personajes de la pelí­cula, excepto el propio Biff.

 

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Lí­nea temporal de la saga «Regreso al Futuro», disponible en

http://backtothefuture.wikia.com/wiki/Back_to_the_Future_timeline

 

En derecho español existen dos tipos de responsabilidad: contractual y extracontractual. La distinción entre ambas parte de una idea sencilla: la existencia o no de un ví­nculo contractual entre la persona fí­sica o jurí­dica que produce el daño y quien lo sufre. Así­, la primera serí­a la que surge de un daño producido a otro en virtud de un contrato negociado y acordado entre ambos y la extracontractual es la que nace de un perjuicio producido a otro sin que haya una relación jurí­dica previa entre ambos.

En este caso no existe relación contractual entre Biff y los habitantes de Hill Valley, por lo que habrí­a que acudir a la categorí­a de responsabilidad extracontractual para poder reclamarle por los destrozos que hace a la ciudad. Nuestro Código Civil establece que el que causa un daño (por acción pero también por omisión), está obligado a repararlo, siempre que exista «culpa o negligencia». Para determinar si ha existido negligencia hay que valorar las circunstancias del supuesto concreto: lo que nos cuenta la pelí­cula es que Biff toma el almanaque deportivo que McFly tira a la basura, con la intención de viajar al pasado y alterar el curso de los acontecimientos para hacerse millonario con una información que no deberí­a estar en su poder.

Sin perjuicio de que el «insider trading« no estaba tan perseguido en el año 1985 como ahora, entendemos que Marty y el resto de habitantes de Hill Valley tendrí­an derecho a reclamar a Biff los daños y perjuicios que han sufrido como consecuencia de su decisión de traer del futuro el almanaque y apostar sin posibilidad de error. Eso sí­, nos encontrarí­amos con un problema importante, que es cómo probamos ese daño, es decir, cómo demostramos que Biff alteró el curso de la Historia, provocando perjuicios a los habitantes de Hill Valley que no se hubiesen producido de no tener el almanaque deportivo. Otra de las paradojas legales de la saga.

 

OTROS TEMAS LEGALES

Hablando de dinero, la pelí­cula también nos presenta a Doc viajando con un maletí­n lleno de dólares de distintos momentos. ¿Es delito estar en posesión de unos billetes que no son de curso legal? Definitivamente no si son billetes que han sido legales en una época anterior (como las pesetas hace unos años). ¿Y los billetes que todaví­a no se han inventado? Seguro que a las autoridades monetarias no les hace mucha gracia pero no parece que ese supuesto esté expresamente contemplado en la normativa, simplemente porque no se ha inventado la forma de generar moneda del futuro.

Y ¿es legal que tanto coches como drones de noticias –como los que utiliza USA Today en la pelí­cula- usen el espacio aéreo, hoy reservado únicamente para aviones? La cuestión de los coches voladores todaví­a no se ha planteado por la incapacidad técnica de que estos despeguen en reducidos espacios y se muevan con agilidad por el cielo de las ciudades, pero muchos paí­ses (incluyendo EEUU) ya han limitado la utilización de drones (incluyendo con cámaras, como en Regreso al Futuro II) en zonas habitadas. Por tanto, no hay norma que regule el supuesto de coexistencia de drones y coches voladores, pero en cualquier caso, es muy poco probable que el vuelo del DeLorean estuviese permitido, al menos de forma manual.

En fin, no está claro si los viajes espacio-tiempo serán posibles en algún momento cercano. Lo que sí­ podemos afirmar es que, si ello llegará a ocurrir, los abogados tendrí­amos trabajo asegurado durante muchos años.

* Todas las imágenes de la saga pertenecen a Universal City Studios, Inc.

4 Comments

  1. Me parece soberbio el artículo. Enhorabuena a ti y a Replicantelegal.
    Una duda, decís al final del artículo que todas las imágenes pertenecen a Universal City Studios, Inc. ¿habéis pedido autorización para el uso de esas imágenes?
    Muchas gracias por el post, es absolutamente genial.

  2. Gracias, Nando, por tu comentario. Nos alegra que te haya gustado el artículo.

    Sobre tu pregunta, hacemos uso de estos fotogramas para ilustrar el artículo, en los términos del artículo 32.1 LPI.

    Un saludo.

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